PLAN DE CONTROL FRENTE A LEGIONELLA: PLAN DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LEGIONELLA (PPCL)
La prevención y el control de la legionelosis están regulados actualmente por el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, modificado posteriormente por el Real Decreto 614/2024, de 2 de julio.Esta normativa establece los requisitos sanitarios que deben cumplir las instalaciones que utilizan agua y que pueden producir aerosoles susceptibles de convertirse en un foco de exposición humana a Legionella.
Uno de los elementos fundamentales de esta normativa es el Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL).
PPCL y PSL: ¿cuál es la diferencia?
El Real Decreto 487/2022 establece que la persona titular de las instalaciones incluidas en su ámbito de aplicación debe adoptar medidas para prevenir la aparición y proliferación de Legionella. Para ello, puede optar por:
- Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL).
- Plan Sanitario frente a Legionella (PSL).
El PPCL constituye el sistema de prevención y control que debe adaptarse a las características concretas de cada instalación. El PSL, por su parte, está basado en la evaluación del riesgo y en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud. Incluye la identificación de peligros, la priorización de riesgos, la determinación de puntos críticos, las medidas de control y verificación y la evaluación continua del plan.
En las instalaciones, locales, centros o edificios considerados prioritarios, la normativa establece que el plan deberá basarse preferiblemente en un PSL.
¿Qué debe incluir el PPCL?
El artículo 8 del Real Decreto 487/2022 establece el contenido mínimo del Plan de Prevención y Control de Legionella. Entre otros elementos, debe incluir:
- Un diagnóstico inicial y una descripción detallada de la instalación.
- Los datos técnicos y de funcionamiento.
- Planos o esquemas de la instalación y del circuito hidráulico.
- La identificación de los puntos donde se generan aerosoles.
- Un programa de mantenimiento y revisión de instalaciones y equipos.
- Un programa de tratamiento del agua.
- Un programa de muestreo y análisis del agua.
- Un programa de formación del personal.
- La documentación y los registros correspondientes a las actuaciones realizadas.
El PPCL debe estar adaptado a las características concretas de cada instalación y mantenerse actualizado.
Principios preventivos
Las medidas de prevención y control deben dirigirse a minimizar la presencia, proliferación y dispersión de Legionella. El Real Decreto establece cuatro principios fundamentales:
- Reducir las zonas sucias, la acumulación de suciedad y los estancamientos mediante un adecuado diseño y mantenimiento.
- Evitar las condiciones que favorecen la supervivencia y multiplicación de Legionella, mediante el control de la temperatura del agua y su desinfección.
- Minimizar la emisión de aerosoles.
- Aplicar medidas correctoras para reducir el riesgo.
Novedades introducidas por el Real Decreto 614/2024
El Real Decreto 614/2024 modificó diferentes aspectos del Real Decreto 487/2022. Una de las modificaciones importantes afecta a la definición de titular de la instalación, que pasa a incluir tanto a la persona propietaria como a la persona explotadora de la instalación.
Cuando la instalación sea explotada por una persona distinta de la propietaria, la persona explotadora será responsable del cumplimiento de las obligaciones del Real Decreto, salvo que pueda acreditarse que dicha responsabilidad corresponde a la persona propietaria.
Actualización de los PPCL y PSL
El Real Decreto 614/2024 estableció que las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación debían actualizar su PPCL o PSL antes del 1 de julio de 2025.
Por tanto, actualmente los planes deben encontrarse adaptados a las modificaciones introducidas por el Real Decreto 614/2024.
Nuevos requisitos para la toma de muestras
Otra de las novedades importantes afecta a la toma de muestras para la determinación de Legionella mediante cultivo. El Real Decreto 614/2024 establece que la toma de muestras debe ser realizada por una entidad o empresa acreditada para el acto de toma de muestras conforme a la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025:2017.
No obstante, se estableció un periodo transitorio para obtener esta acreditación que finaliza el 1 de enero de 2030. Durante este periodo, la toma de muestras debe realizarse conforme al procedimiento establecido en el anexo VI del Real Decreto 487/2022.
Además, el procedimiento de toma de muestras debe estar documentado y debe permitir relacionar cada muestra con el programa de muestreo, las condiciones de transporte, el resultado del laboratorio y las medidas correctoras adoptadas.
Actuaciones de la autoridad sanitaria
La autoridad sanitaria realiza el control oficial del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa. Entre sus actuaciones se encuentran:
- Revisar la documentación correspondiente al PPCL o, en su caso, la auditoría del PSL.
- Inspeccionar las instalaciones.
- Comprobar parámetros y condiciones de funcionamiento.
- Realizar o supervisar la toma de muestras.
- Adoptar las medidas necesarias para corregir, prevenir o minimizar los riesgos.
Cuando exista un riesgo para la salud pública, la autoridad sanitaria puede adoptar las medidas necesarias, incluida, cuando proceda, la clausura temporal o definitiva de la instalación.
Resultados de Legionella en torres de refrigeración y condensadores evaporativos
El Real Decreto 614/2024 modificó la tabla 8 del anexo VIII del Real Decreto 487/2022, estableciendo las actuaciones en función de la concentración de Legionella spp. en torres de refrigeración y condensadores evaporativos.
| Recuento de Legionella spp. | Medidas principales |
| No detectado o <100 UFC/L | Mantener los programas actuales. |
| ≥100 y <1.000 UFC/L | Revisar los programas, aplicar medidas correctoras y valorar limpieza y desinfección. Realizar un nuevo muestreo a los 15-30 días. |
| ≥1.000 y <10.000 UFC/L | Revisar los programas, realizar limpieza y desinfección y efectuar un nuevo muestreo a los 15-30 días. |
| ≥10.000 UFC/L | Parar el funcionamiento de la instalación, vaciar el sistema cuando proceda, realizar limpieza y desinfección y efectuar un nuevo muestreo a los 15-30 días. |
UFC/L: unidades formadoras de colonias por litro de agua.
Cuando los resultados sean indeterminables, debe revisarse el circuito de agua para identificar las posibles causas y, cuando sea necesario, realizar limpieza y desinfección y un nuevo muestreo hasta obtener resultados determinables.
¿Qué debemos recordar para la oposición?
Para las oposiciones de Farmacéuticos de Salud Pública, los conceptos fundamentales son:
- RD 487/2022 → establece los requisitos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.
- RD 614/2024 → modifica y actualiza el RD 487/2022.
- PPCL → Plan de Prevención y Control de Legionella.
- PSL → Plan Sanitario frente a Legionella, basado en la evaluación del riesgo.
- El titular de la instalación debe prevenir la proliferación y dispersión de Legionella.
- El PPCL debe adaptarse a las características de cada instalación.
- La autoridad sanitaria realiza funciones de control oficial.
- La toma de muestras para cultivo de Legionella debe realizarse por una entidad o empresa acreditada conforme a UNE-EN ISO/IEC 17025:2017, con periodo transitorio hasta el 1 de enero de 2030.
- El RD 614/2024 estableció la actualización de los PPCL y PSL antes del 1 de julio de 2025.
- Para torres de refrigeración y condensadores evaporativos, la tabla 8 establece las medidas en función de las UFC/L de Legionella spp.
La normativa sobre prevención y control de la legionelosis constituye un contenido especialmente relevante dentro de Sanidad Ambiental y Salud Pública, y debe relacionarse con el control oficial, la toma de muestras, el análisis de aguas y las actuaciones de la autoridad sanitaria.
Si estás preparando las oposiciones de Farmacéuticos de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, este tipo de novedades normativas deben incorporarse a la actualización del temario y a la preparación de los ejercicios, como los supuestos prácticos y test.

