OPOSICIONES FARMACÉUTICOS: AGUAS DE CONSUMO Y NUEVAS MEDIDAS PARA REDUCIR LA CONTAMINACIÓN POR NITRATOS

 en Sanidad ambiental

La Comunidad de Madrid ha aprobado el Decreto 24/2026, de 18 de marzo, por el que se establece el nuevo Programa de Actuación sobre las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias.

La norma desarrolla las exigencias de la Directiva 91/676/CEE y del Real Decreto 47/2022, con el objetivo de prevenir y reducir la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas causada por la utilización de fertilizantes nitrogenados, estiércoles y purines en las actividades agrícolas y ganaderas.

El programa será de aplicación en las zonas declaradas vulnerables de la Comunidad de Madrid e incorpora nuevas obligaciones para las explotaciones agrarias, entre ellas la planificación de la fertilización, la elaboración de planes de abonado, el registro de las aplicaciones de nutrientes y el control del almacenamiento y gestión de estiércoles.

El programa establece los siguientes requisitos en las prácticas agrarias:

1. Requisitos generales en fertilización
Los planes de abonado y el registro de fertilización son obligatorios en las explotaciones situadas en
zonas declaradas vulnerables desde la entrada en vigor de la normativa sobre contaminación de las
aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias.

1.1. Planificar la fertilización
Equilibrio en el aporte de nutrientes
Se realizará un estudio o balance de las necesidades reales de fertilizantes de los cultivos en cada
campaña agrícola teniendo en cuenta los siguientes aspectos: condiciones y tipo de suelo, rendimiento esperado de la cosecha, volumen de agua aportado, etc.

Asimismo, se establecen limitaciones en las dosis de nitrógeno aplicables, periodos de prohibición para determinados abonados, distancias mínimas respecto a cauces y masas de agua, así como medidas destinadas a minimizar los procesos de lixiviación y escorrentía que pueden provocar el deterioro de acuíferos, ríos y embalses.

La aprobación de este programa se enmarca en la creciente preocupación por la contaminación difusa de origen agrario, considerada una de las principales presiones sobre la calidad de las aguas en numerosas cuencas hidrográficas españolas. Además de sus beneficios ambientales, estas medidas contribuyen a la protección de los recursos destinados al abastecimiento de agua potable y al cumplimiento de los objetivos establecidos por la planificación hidrológica y la normativa europea.

La norma sustituye al anterior programa aprobado en 2012 y prevé revisiones periódicas para adaptar las medidas a la evolución del estado de las masas de agua y a los nuevos requisitos ambientales.

Las zonas vulnerables designadas en la Comunidad de Madrid, han sido declaradas mediante el

Decreto 106/2024, de 4 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran las zonas

vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias en la

Comunidad de Madrid. Se trata de un total de seis zonas:

a) Zona 1. La Alcarria.

b) Zona 2. Sectores sur de las Masas de Agua Subterránea. “Madrid: Guadarrama Manzanares”

y “Madrid: Guadarrama-Aldea del Fresno”.

c) Zona 3. Sur de Loranca.

d) Zona 4. Sector sureste del arroyo de la Marcuera-Valdeavero.

e) Zona 5. Bajo Algodor.

f) Zona 6. Embalse de Aulencia

Esta nueva normativa puede ser objeto de preguntas en temas, test y supuestos prácticos relacionados con salud ambiental, calidad de las aguas y protección de los recursos hídricos. Mantener actualizado el temario con las últimas novedades legislativas resulta fundamental para afrontar con garantías las pruebas de Farmacéuticos de Salud Pública de la Comunidad de Madrid.

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Nuestra pregunta test:

1.El Decreto 24/2026, de 18 de marzo, tiene por objeto:

a) Regular el abastecimiento de agua potable en la Comunidad de Madrid.

b) Aprobar el Programa de Actuación sobre las zonas vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias.

c) Establecer el régimen jurídico de la reutilización de las aguas regeneradas.

d) Regular los vertidos industriales al Sistema Integral de Saneamiento.

Respuesta correcta: b)

 

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